viernes, 11 de junio de 2010

PREMIO DE CREACIÓN LITERARIA POETA DOMINGO VELÁZQUEZ


PREMIO DE CREACIÓN LITERARIA POETA DOMINGO VELÁZQUEZ

Tipo: Prosa
Dotación: 4.000€
Fecha Límite: 30/09/2010

El VIII Premio de Creación Literaria 'Poeta Domingo Velázquez', cuenta con las siguientes bases:

1ª. La octava edición del Premio de Creación Literaria “Poeta DomingoVelázquez” corresponderá al año 2010, en la modalidad de Prosa.

2ª. Podrán optar al Premio todos los escritores y escritoras noveles residentes en el Archipiélago canario, que así lo justifiquen, con excepción de los que lo hubieran obtenido en ediciones anteriores. La residencia se acreditará mediante Certificado de empadronamiento.

3ª. Se podrán presentar solamente trabajos originales e inéditos en prosa (cuento y novela).

4ª. Los trabajos presentados serán de tema libre y escritos en lengua castellana, con una extensión de mínima de 100 folios y máxima de 300 en formato DIN-A4,mecanografiados o transcritos a ordenador, a doble espacio, por una sola cara, y debidamente encuadernados y foliados.

5ª. Los trabajos se entregarán en el Servicio de Publicaciones del Cabildo de Fuerteventura, calle

San Roque, 16, C. P. 35600, Puerto del Rosario, Fuerteventura, Las Palmas, de lunes a viernes, en horario de 08:00 a 14:00 horas.

6ª. Las obras se presentarán por cuadruplicado ejemplar, en sobre cerrado, con la indicación para el “Premio de Creación Literaria Poeta Domingo Velázquez”. Los originales llevarán el título, irán firmados con un seudónimo, e irán acompañados de un sobre cerrado en el que figurará, en el exterior, el seudónimo y en el interior la identidad del autor/a, dirección, teléfono, certificado de empadronamiento, seudónimo empleado, título de la obra, DNI-NIF, breve currículum vital personal y/o profesional, fotografía tamaño carnet en color y número de cuenta bancaria donde se ingresará el Premio, en el supuesto de resultar galardonada su obra.

7ª. El plazo de admisión de originales finalizará el día 30 de septiembre de 2010 a las 14:00 horas.

8ª. Las obras presentadas para concursar no podrán haber sido premiadas con anterioridad en otros certámenes o concursos.

9ª. El Premio, único e indivisible, consistirá en 4.000 euros y la publicación de la obra galardonada. A dicho premio se le practicará la retención oportuna en concepto de IRPF que exige la normativa vigente.

10ª. El Pleno del Cabildo de Fuerteventura nombrará el Jurado, que estará compuesto por personas de reconocido prestigio profesional, en número impar.

11ª. El Jurado elegirá, entre sus miembros, a un Presidente. Actuará como Secretario, sin voto, un funcionario del Cabildo de Fuerteventura.

12ª. El Jurado adoptará sus acuerdos por mayoría absoluta, pudiendo declarar el Premio desierto si, a su juicio, no concurren en los trabajos presentados méritos suficientes para su otorgamiento.

13ª. El fallo del Jurado será inapelable, debiendo éste exponer los motivos y méritos para la concesión del Premio.

14ª. La propuesta del Jurado habrá de elevarse al Presidente del Cabildo de Fuerteventura antes del 30 de noviembre de 2010.

15ª. El Presidente del Cabildo de Fuerteventura concederá el Premio, de conformidad con la propuesta motivada que al efecto le haga el Jurado.

16ª. El trabajo premiado será editado por el Servicio de Publicaciones del Cabildo de Fuerteventura. Esta Institución se reserva la plenitud de derechos de la primera edición. El autor o autora del trabajo premiado deberá entregar una copia del mismo en soporte informático en el mencionado Servicio de Publicaciones, en el plazo de un mes a partir de habérsele comunicado el fallo del Jurado.

17ª. Los trabajos no premiados podrán ser retirados por los autores o autoras en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de publicación del fallo del Jurado. Las obras que no sean retiradas en el plazo indicado, podrán ser destruidas.

18ª. El autor o autora del trabajo premiado se compromete a asistir al acto de entrega del Premio, que tendrá lugar durante el mes de diciembre de 2010.

19ª. La participación en este concurso implica la total aceptación de las presentes Bases. Su interpretación o cualquier aspecto no previsto corresponde sólo al Jurado.

20ª. Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, sin perjuicio de su inserción en el tablón de anuncios y otros medios de comunicación.

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